No todo el que tenga contratado una cobertura podrá estar tranquilo si sufrió algún trastorno en sus bienes como consecuencia del temporal del miércoles. Expertos cuestionan que se trate de un caso fortuito ya que es una situación que se repite.

Calles inundadas, techos destrozados, árboles derrumbados sobre casas y automóviles, fueron algunas de las escenas que se vieron durante la jornada del miércoles en distintos lugares de la Provincia de Buenos Aires.

En poco menos de un día cayó toda la cantidad de lluvia prevista para el mes de octubre. Esto provocó un colapso en los desagües y produjo innumerables daños materiales. Los dueños de las propiedades y vehículos deberán gastar una gran cantidad de dinero si quieren que sus bienes vuelvan a la situación anterior a la tormenta.

En caso de que alguna persona haya perdido la vida y haya contratado un seguro, sus beneficiarios no tendrán problemas para percibir el resarcimiento. Tampoco lo tendrán aquellos trabajadores que sufrieron un accidente y se encuentren al amparo de la Ley de Riesgos de Trabajo (que los protege en caso de daño sobre su persona mientras prestan tareas o estén en camino a cumplir con sus funciones).

No obstante, si de bienes materiales se trata, algunos estarán más tranquilos que el resto si es que los cubre un seguro, pero otros perderán la tranquilidad cuando descubran que, tras su reclamo, el daño no será resarcido.

Daños en los inmuebles
Salvo que se hubieran incluido cláusulas especiales al respecto, no está prevista la cobertura por inundación y, consecuentemente, no habrá indemnización en el marco de esos contratos.

En estos casos, no debe confundirse esta ausencia de seguro respecto de los daños ocurridos por inundación con la cláusula del llamado “daño por aguas”, que se prevé en esos seguros integrales. Esta no se refiere a los causados por una inundación, sino que ampara los perjuicios causados por filtraciones ocurridas en inmuebles, como consecuencia de desperfectos en las cañerías.

En cambio, sí está prevista la cobertura de daños por inundación en los llamados ‘seguros técnicos’, que amparan los daños sufridos por computadoras y demás equipos electrónicos, ya sean de uso hogareño, profesional o comercial.

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